Legislación
vigente en el Ecuador sobre fijación de precios.
Puntos que
debe conocer sobre el Reglamento de Fijación de Precios en el Ecuador.:
La secretaría
será la que reciba y revise las solicitudes de fijación de precios nuevos y
será la que acepte el trámite.
Esta
secretaría administrará el sistema informático, la página web y las bases de
datos fijados por el consejo.
Habrá tres
regímenes de fijación de precios de venta al público: regulado (un precio
techo), de fijación directa (determinación del consejo) y liberado de costos
(según oferta y demanda).
El precio
techo será reajustado con la metodología aprobada por el consejo.
La fijación
directa de precios se dará cuando se comercialicen medicamentos nuevos y
estratégicos sin que tuvieran fijación previa de precio techo.
Si el consejo
recibe una denuncia sobre el incumplimiento de precios se establecerá una
fijación directa del costo.
El consejo
resolverá en 60 días la fijación de precios de los medicamentos nuevos.
Las
resoluciones podrán ser impugnadas ante el consejo en 10 días.
No hay comentarios:
Publicar un comentario